Corpus
Modo: Corpus Pro

IMPUESTO DEL OCHO POR CIENTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 318634 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXVI; Pág. 868

Los ordenamientos que imponen el impuesto del 8% no son de acción automática con su expedición y publicación y requieren para incurrir en violación de garantías individuales, un acto posterior de las autoridades.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318634-ba287ae9/impuesto-del-ocho-por-ciento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 4/52. Nuño R. Miguel Angel. 8 de enero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo CXVI; pág. 868. Amparo administrativo en revisión 3875/49. "López Hnos." 19 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González. Tomo CXI; pág. 57. Amparo en revisión 3934/49. Cía. Maderera de Guerrero, S.A. 7 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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