IMPUESTO DEL OCHO POR CIENTO.
Los ordenamientos que imponen el Impuesto del 8% no son de acción automática con su expedición y publicación y requieren para incurrir en violación de garantías individuales un acto posterior de las autoridades.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318986-f093b26d/impuesto-del-ocho-por-ciento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2534/48. Automotriz Mexicana, S. A. y coags. 2 de abril de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CXI, pág. 57. Amparo en revisión 3934/49. Cía. Maderera de Guerrero, S. a. 7 de enero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo CX, pág. 604. Amparo administrativo en revisión 3875/49. "López Hnos.". 19 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
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