LEYES, APLICACION RETROACTIVA DE LAS.
Si el quejoso en el amparo no reclama la inconstitucionalidad de la ley, sino su aplicación retroactiva, no está obligado a emplazar al Congreso de la Unión, ni puede decirse que se está en presencia de actos derivados de actos consentidos, puesto que las dos situaciones señaladas, disímbolas en sí mismas, no pueden confundirse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318808-ad644599/leyes-aplicacion-retroactiva-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3566/52. Hernández Castellanos Conrado. 22 de enero de 1953. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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