ACTOS CONSENTIDOS.
Si la resolución presidencial se publicó en el Diario Oficial, y transcurridos mas de quince días se promovió el juicio de amparo, hay que tener en cuenta que la publicación en el mencionado Diario, no surte efectos de notificación, como lo ha establecido la Corte en la tesis que puede verse en la página 683 del Apéndice al Tomo XCVII, del Semanario Judicial de la Federación, en la que se dice que las resoluciones administrativas publicadas en el Diario Oficial no surten efectos de notificación, a menos que se trate de intereses generales de Decretos o de Leyes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318983-00d4cfb2/actos-consentidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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