BILLARES.
Estan sujetos a la Ley del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles: aun cuando las actividades de estos establecimientos están incluidos dentro de la Ley Federal de Juegos y Sorteos, no tienen el carácter de espectáculos, diversiones públicas, juegos permitidos con apuestas, loterías, etc., exentos del impuesto sobre ingresos mercantiles, según el artículo 9o., fracción III inciso L de la ley de la materia; y, por lo mismo, deben tributar con arreglo a ella.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Revisión fiscal 45/51. Pardo Márquez Rómulo. 29 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.
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