ESPECTACULOS PUBLICOS, EMPRESAS DE. SUS INGRESOS NO CAUSAN EL IMPUESTO SOBRE INGRESOS MERCANTILES.
Si se demuestra con el acta de auditoría que algunos ingresos de una empresa de espectáculos deportivos, provienen de derechos de transmisión mediante radio y televisión, y por cooperación en la promoción de peleas de box, siendo ingresos provenientes de un espectáculo público organizado, están exentos del pago del impuesto sobre ingresos mercantiles, en función de lo que dispone el artículo 18, fracción XXI, de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/802015-7415253e/espectaculos-publicos-empresas-de-sus-ingresos-no-causan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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