ESTACIONAMIENTOS, IMPUESTO POR NO PONERLOS.
La imposición a quien no construye local para estacionamientos de vehículos, en los casos a que se refiere el Reglamento de Construcciones y de Servicios Urbanos en el Distrito Federal, no es una multa o sanción por infracción alguna, sino una compensación optativa para el obligado a dejar en su construcción un local para estacionamiento de vehículos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319154-d73e6dbf/estacionamientos-impuesto-por-no-ponerlos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4352/51. Nader Ferid y coagraviados. 25 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.
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