Corpus
Modo: Corpus Pro

COOPERATIVAS, PERSONALIDAD DE LAS, EN EL JUICIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 319332 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2550

La fracción VI del artículo 36 del Reglamento de la Ley de Sociedades Cooperativas, al establecer que el consejo de administración representará a la sociedad, ante las autoridades judiciales, especifica también que uno de los miembros de ese consejo deberá ser designado representante común en los negocios judiciales y si se procedió de esa manera, debe considerarse a dicho representante con personalidad suficiente para promover en el juicio de amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319332-2092a944/cooperativas-personalidad-de-las-en-el-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 8241/49. Cooperativa Tlaxcala, Apizaco, Huamantla, S.C.L. 20 de septiembre de 1951. cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Ver: Jurisprudencia 357, página 615, 3a. Parte, 2a. Sala.

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