IMPUESTO AD VALOREM, REGLAS PARA APLICARLO.
Como el decreto que creó el impuesto del 15 % ad valorem, no es inconstitucional, el Ejecutivo tiene facultades para fijar los precios a los artículos de exportación, precisamente porque tal actividad no puede considerarse como una delegación de las facultades del Congreso para crear la ley, sino como una simple autorización para determinar un hecho o situación necesaria para que la ley pueda ser aplicada, ya que es notorio que el Poder Legislativo no puede, dentro de sus funciones, fijar precios, por sufrir éstos bruscas variaciones, y por ello es indispensable dar mayor rapidez a los medios tendientes a conservar el tipo monetario, y en general, la estabilidad económica de la Nación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319415-151e65e4/impuesto-ad-valorem-reglas-para-aplicarlo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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