CONTRATOS ADMINISTRATIVOS, RESCISION DE.
En los contratos administrativos en los que se establece que el incumplimiento de cualquiera cláusula dará lugar a la rescisión, debe entenderse que el sometimiento que en dicho contrato se haga a determinados tribunales, se refiere a lo que no es del resorte de las autoridades administrativas, pero de ninguna manera a la competencia de éstas, para declarar la rescisión radicada en una cuestión de orden administrativo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319602-a538f8b6/contratos-administrativos-rescision-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5693/45. Cía. Mexicana de Navegación, S. de R.L. y C.V. 30 de octubre de 1950. Unanimidad cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.
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