EXPORTACION, TARIFA DE.
No puede decirse que los artículos 2o. y 1o., fracción 15-02, sean inconstitucionales, porque la autoridad exactora es la que determina la cuantía del impuesto, ni el hecho de que sea expedidor mismo el que declare el precio en la factura, tampoco permite sostener que la autoridad exactora la que, fuera de toda ley, determine la cuantía del impuesto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/319952-c6e99440/exportacion-tarifa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 380/49. Planta Enlatadora de Carne de la Unión Ganadera Regional de Coahuila. 6 de julio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Octavio Mendoza González.
Jurisprudencia relacionada
- EXPORTACION, FIJACION DE LAS CUOTAS PARA LA. (s/clave)
- EXPORTACION, IMPUESTO DE. CUANTIFICACION DEL PRECIO DE UNA MERCANCIA. (s/clave)
- EXPORTACION, IMPUESTO DE (PRECIO OFICIAL). (s/clave)
- EXPORTACION, EXENCION DEL IMPUESTO DE (SOBRETASA DEL 15% AD VALOREM). (s/clave)
- EXPORTACIÓN, TARIFA DEL IMPUESTO DE. EL DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1948, QUE LA MODIFICA, NO ES AUTOAPLICATIVO.- (1076)
- EXPORTACION, TARIFA DEL IMPUESTO DE. EL DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1948, QUE LA MODIFICA, NO ES AUTOAPLICATIVO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis