PORTEADORES, RESPONSABILIDADES DE LOS.
La responsabilidad de los porteadores respecto al impuesto omitido, se concreta al caso señalado en la fracción II del artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Explotación Forestal, o sea el de transporte de productos forestales, sin la orden de remisión que los ampare debidamente, mas no a todos los casos de infracción que consigna la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320700-fe3f61ac/porteadores-responsabilidades-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5775/47. Compañía del Ferrocarril Sud-Pacífico de México. 15 de marzo de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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