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Modo: Corpus Pro

CIRCULARES DE LA SECRETARIA DE HACIENDA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 320839 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIV; Pág. 920

El artículo 10, fracción I del Código Fiscal, previene que las interpretaciones generales, abstractas e impersonales, que haga la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, sólo obligan a los órganos que de ella dependan; por tanto, debe sobreseerse en el amparo pedido contra una circular que aún no es aplicada al causante, por tener expedita la facultad de someterse, o no, a ella en las operaciones que realice, ya que dicho amparo será procedentes sólo cuando se le declare infractor y se le exija el pago del impuesto combatido o se le imponga alguna sanción por inobservancia de dicha circular.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/320839-6c09bb7e/circulares-de-la-secretaria-de-hacienda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo 6731/47. Cervecería Moctezuma, S.A. 6 de noviembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo CXIII, página 28. Amparo 1895/47. Bello Andrés. 2 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XCII, página 1013. Amparo administrativo en revisión 171/47. Stephens de Villalvazo Esther. 28 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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