LEY ADUANAL, RECURSOS QUE ESTABLECE EL ARTICULO 539 DE SU REGLAMENTO.
Como el requisito establecido por el artículo 539 del Reglamento de la Ley Aduanal que exige garantizar previamente a la admisión del recurso que establece el interés fiscal, no está establecido expresamente en la ley del acto, ni es de carácter meramente procesal, resulta en desacuerdo con las condiciones que impone la ley misma, las cuales excede, y por tanto, es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321720-d321698f/ley-aduanal-recursos-que-establece-el-articulo-539 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7444/45. Gámez Arvizu Jesús y coagraviada. 29 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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