FISCO, ASEGURAMIENTO DEL INTERÉS DEL, Y DERECHO DE AUDIENCIA.-
El artículo 539 del Reglamento de la Ley Aduanal es inconstitucional, en tanto que se establece que la Dirección General de Aduanas, deberá desechar la revisión interpuesta por la parte afectada por una resolución de una autoridad aduanal, si no se garantiza el interés fiscal dentro del término señalado para interponer el recurso, pues con ello subordina el derecho de audiencia que se ejercita mediante la revisión, derecho de garantía constitucional, al aseguramiento del interés fiscal. En efecto, aquel derecho no debe ser lesionado por la facultad del fisco de asegurar el pago de sus créditos, puesto que se puede ejercitar dicha facultad sin pedir al causante ser oído.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/901828-6d4853ec/fisco-aseguramiento-del-interes-del-y-derecho-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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