MULTAS, JUSTIFICACION DE LAS.
Las multas solamente encuentran justificación cuando está comprobada la existencia de la infracción que las haya motivado, demostración que únicamente puede realizarse a través de las actas correspondientes y, por tanto, la autoridad no satisface este requisito si no acompaña a su informe las actas mencionadas, a fin de poder decidir la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los actos reclamados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321900-656be9d2/multas-justificacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6222/45. Froylán Reyes Olivo y coagraviados. 5 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausencia: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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