MINISTERIO PUBLICO, NO PUEDE RENDIR PRUEBA PERICIAL.
Como el Ministerio Público Federal. atento su carácter de parte reguladora del procedimiento, en el juicio de amparo, no puede legal y jurídicamente rendir prueba pericial, tampoco puede designar perito por su parte en la prueba que anuncie alguna de las otras partes. En razón de que por sus elevadas funciones no debe tener interés directo en el resultado de esta prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321908-abe852dc/ministerio-publico-no-puede-rendir-prueba-pericial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo 45/46. Compañía Terminal "La Isleta", S. A. 6 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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