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Modo: Corpus Pro

MINISTERIO PUBLICO, NO PUEDE RENDIR PRUEBA PERICIAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 321908 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 308

Como el Ministerio Público Federal. atento su carácter de parte reguladora del procedimiento, en el juicio de amparo, no puede legal y jurídicamente rendir prueba pericial, tampoco puede designar perito por su parte en la prueba que anuncie alguna de las otras partes. En razón de que por sus elevadas funciones no debe tener interés directo en el resultado de esta prueba.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/321908-abe852dc/ministerio-publico-no-puede-rendir-prueba-pericial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo administrativo 45/46. Compañía Terminal "La Isleta", S. A. 6 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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