POLICIA DE CAMINOS, BAJA DE.
Para proponer la inhabilitación o el cese de un oficial de la policía, el caso debe sujetarse a la resolución de la autoridad judicial penal, a quien se consigna el asunto, y no comprobada legalmente ante dicha autoridad, la imputación hecha al efecto, el cese es violatorio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322102-c6b40df3/policia-de-caminos-baja-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8545/45. Fregoso Ramos Enrique. 23 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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