RUTAS, GARANTIA DE AUDIENCIA PARA LA CONCESION DE.
El espíritu de la Ley de Vías Generales de Comunicación es otorgar una garantía efectiva en favor de los permisionarios que tienen derechos adquiridos por virtud de haber establecido un servicio de transporte. En esta virtud, es de estimarse que las autoridades administrativas obran contrariamente a la ley y violan fundamentalmente el artículo 78 de la misma, cuando el permisionario es privado del derecho de audiencia y del de alegar en defensa sus propios intereses, cuando se concede permiso a un nuevo solicitante.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322105-f40ca3ce/rutas-garantia-de-audiencia-para-la-concesion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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