PETROLEOS, CONFIRMACION DE DERECHOS DE.
El Decreto de 27 de diciembre de 1939, que adicionó el artículo 27 de la Constitución Federal en el ramo de petróleo, estableció que: "Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno, sólidos, líquidos o gaseosos, no se expedirán concesiones y la ley reglamentaria respectiva determinará la forma en que la nación llevará a cabo las explotaciones de esos productos". Siendo esto así, cualquiera expectativa de otorgamiento de permisos o concesiones de explotación, surgida de las leyes anteriores a dicha reforma, vino a quedar sin efecto por tratarse de una modificación al régimen constitucional existente sobre esa materia, la cual prohibió la explotación del petróleo por particulares, dejándola a beneficio de la nación. Por tanto, siendo ésta la única a quien constitucionalmente asiste la facultad de oponer representación de derecho alguno, la sentencia que declara infundada la oposición de un particular respecto a una solicitud confirmatoria de derechos petroleros, no causa perjuicio jurídico a éste.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322269-be76cb17/petroleos-confirmacion-de-derechos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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