Corpus
Modo: Corpus Pro

CAPITAL CONTABLE, QUE DEBE ENTENDERSE POR TAL (UTILIDADES DE LOS SOCIOS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 322400 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 622

No debe confundirse el capital contable de una sociedad y el capital constitutivo, ya que no debe tomarse como pasivo las utilidades no retiradas de años anteriores, puesto que no son dividendos conforme al artículo 10 de la Ley del Superprovecho.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322400-a4567b6b/capital-contable-que-debe-entenderse-por-tal-utilidades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Tomo LXXXV, página 2625. Indice Alfabético. Amparo 1974/45. Beick Félix y Compañía S. en C. 20 de septiembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXXV, página 622. Amparo administrativo en revisión 4732/44. "José A. Peña y Hermanos". 27 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Octavio Mendoza González.

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