IMPUESTO SOBRE LA RENTA, REFORMA DE 13 DE JULIO DE 1943.
El presidente de la República es autoridad incompetente para expedir, con apoyo en el artículo 5o. del decreto de primero de julio de mil novecientos cuarenta y dos, relacionada con el artículo 4o. del propio ordenamiento, y como el decreto de 13 de julio de 1943, que reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta, no va encaminada a dichos fines, no puede invocarse en el amparo que contra él se pida, el artículo 18 de la Ley de Prevenciones Generales sobre suspensión de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322539-3b684a5e/impuesto-sobre-la-renta-reforma-de-13-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- RENTA, LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO POR SOMETIMIENTO A SUS DISPOSICIONES. (s/clave)
- LEYES DE EMERGENCIA. AMPARO. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, JUNTA REVISORA DEL, NO PUEDE REVOCAR SUS RESOLUCIONES. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DECRETO QUE REFORMA EL REGLAMENTO DE AL LEY DEL. (s/clave)
- LEYES DE EMERGENCIA. AMPARO.- (1755)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, ANTICIPO POR EL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis