Corpus
Modo: Corpus Pro

DESISTIMIENTO A NOMBRE DE LAS SUCESIONES.

Clave: — · Registro digital (IUS): 322727 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2020

Es cierto que los albaceas no tienen facultades legales para desistir del juicio de amparo, sin el consentimiento de los herederos; pero es indudable que si una albacea es el único heredero de la sucesión respectiva y el escrito de desistimiento está firmado por él, está demostrado en autos, que el albacea desiste con el consentimiento del único heredero y por tanto tal desistimiento surte todos sus efectos legales.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/322727-bd42e6d0/desistimiento-a-nombre-de-las-sucesiones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 94/43. Lara Mascarúa viuda de Castro Leonor, sucesión de. 1o. de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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