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Modo: Corpus Pro

IMPUESTO SOBRE COMPRAVENTA DE FRUTOS, INCONSTITUCIONALIDAD DEL (LEGISLACION DE QUERETARO).

Clave: — · Registro digital (IUS): 323039 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1643

El artículo 2o. de la Ley Número 26 de veintisiete de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres, que expidió el Congreso del Estado de Querétaro y que grava las operaciones de frutas demás productos similares, por cada costal, huacal o caja que se transporte del Estado a otro lugar, esto es, que grava la salida de la mercancía fuera del territorio del Estado, o, restringidamente del territorio rentístico que cobre el tributo, impone notoriamente un tributo prohibido por los artículos 117, fracciones V y VI y 131 de la Constitución Federal, pues no puede decirse que se grava la compraventa exclusivamente, ya que la condición para la tributación, es la de que la materia de la operación sea transportada, circunstancia ésta del transporte que, notoriamente, hace el impuesto alcabalatorio y proscrito del sistema tributario nacional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323039-94ca2fd2/impuesto-sobre-compraventa-de-frutos-inconstitucionalidad-del-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 5137/44. Nieto Jesús y coagraviados. 19 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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