DEMANDA POR CORREO.
Ningún precepto legal autoriza a tener como fecha de presentación de la demanda de amparo, la en que se deposita en la oficina de correos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323167-d3ce1469/demanda-por-correo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 8625/44. Rodríguez Gómez Oscar. 6 de diciembre de 1944. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Nicéforo Guerrero. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
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