ELECTRICIDAD, TARIFAS DE.
No es cierto que al insertarse en los contratos el suministro de energía eléctrica, una cláusula en la que se establece que el consumo de energía se pagará de acuerdo con las tarifas oficiales en vigor, adquieran los usuarios el derecho a seguir pagando el consumo de acuerdo con esa tarifa, hasta la terminación del contrato, no obstante que esas tarifas hayan sido modificadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323170-c48dd4a5/electricidad-tarifas-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8578/43. Cooperativa Única de Obreras, Molineros de Nixtamal de Veracruz, S.C.L. y coagraviados. 7 de diciembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Franco Carreño.
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