PRUEBA PERICIAL EN EL AMPARO.
Si el Juez de Distrito dicta un acuerdo haciendo saber a las partes la aceptación de la prueba pericial ofrecida por una de ellas, y remite una copia del cuestionario a las autoridades responsables, quienes quedaron debidamente notificadas y, a su vez, presentaron un pliego de preguntas para que a su tenor fueren examinados los peritos, hay que convenir en que si la autoridad responsable en vez de designar un perito de su parte, como tenía derecho a hacerlo, se concretó a enviar las preguntas, esto no entraña desconocimiento por parte del Juez, de los derechos de que no hizo uso la repetida autoridad responsable.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323509-6a21d960/prueba-pericial-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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