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Modo: Corpus Pro

CARRETERA MEXICO-VERACRUZ, ACUERDO DE CIERRE DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 323640 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2259

No es fundado el sobreseimiento dictado por el inferior en relación con la expedición, publicación y promulgación del acuerdo de cierre de la Carretera México-Veracruz, en virtud de no haberlo reclamado la parte quejosa dentro del término que fija la fracción I del artículo 22 de la Ley de Amparo; porque tal acuerdo constituye una disposición gubernativa de observancia general y solamente puede causar perjuicios a dicha parte quejosa, desde el momento mismo en que se le aplique y no antes, porque están esos efectos en potencia. Por tanto, el término para impugnarlo por la vía de amparo, debe ser contado a partir del momento en que la indicada parte quejosa conoció esa aplicación en su perjuicio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323640-9e85280e/carretera-mexico-veracruz-acuerdo-de-cierre-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 9611/43. Carrasco Alfredo A. y coagraviados. 4 de mayo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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