TRIBUNAL FISCAL, FACULTADES DEL.
El Tribunal Fiscal tiene facultades de simple anulación, mas no de plena jurisdicción, y el acto impugnado ante él debe juzgarse a través de los fundamentos esgrimidos por las autoridades demandadas, y el actor en un juicio de esa naturaleza, sólo está obligado a combatir esos fundamentos y no otros diversos y a anunciar y presentar las pruebas que considere oportunas en relación con el consentimiento que tenga de la resolución combatida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/323679-7d729a06/tribunal-fiscal-facultades-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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