COMISARIADOS EJIDALES, DESCONOCIMIENTO DE LOS DIRIGENTES ELEGIDOS PARA CONVOCAR A NUEVAS ELECCIONES.
No es de tomarse en consideración el sobreseimiento fundado en que no se afectan los intereses jurídicos de los quejosos, porque no tienen carácter que se les atribuye, de miembros de un comisariado ejidal, puesto que aunque conste en un documento público su designación, ella ha sido declarada nula; al ser desaprobada con motivo de la revisión que practicó la autoridad recurrente; si lo que se reclama en el amparo, es la carencia de facultades legales de la responsable, para convocar a nuevas elecciones del comisariado ejidal y desconocer por medio de tal revisión, los nombramientos de los quejosos, y en tal virtud no debe partirse de la base de la nulidad de los propios nombramientos, causada por los actos reclamados, para declarar que no existen intereses jurídicos que defender, por ser esto precisamente lo que se combate en la demanda de garantías, y con respecto a lo que agrega dicha recurrente, en el sentido de que no es legal el argumento, de la sentencia del inferior, que tomó en cuenta el hecho de que los nuevamente electos ya habían tomado posesión de sus cargos, rendido la protesta y recibido los objetos del ejido, por lo cual también existe afectación para sus derechos, debe decirse que estando a discusión si las responsables tienen facultades para dejar sin efecto la situación en que se encontraban los quejosos, como resultado de la asamblea en que se les designó miembros del comisariado ejidal, no se puede admitir a priori que los agraviados carezcan de derechos que defender en el juicio de garantías, sino que se hace necesario entrar al examen del fondo de la cuestión, a fin de resolver si en efecto la situación legal que disfrutan, es definitiva o intocable, o si por el contrario, la Dirección de Organización Agraria Ejidal, está facultada legalmente para invalidarla por medio del procedimiento que siguió en el caso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324166-f3c46854/comisariados-ejidales-desconocimiento-de-los-dirigentes-elegidos-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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