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COMISARIADOS EJIDALES, DESCONOCIMIENTO DE LOS, POR LA ASAMBLEA CONVOCADA CON APOYO EN EL DICTAMEN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AUTORIDADES EJIDALES O DELEGADOS AGRARIOS ESTATALES. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO.-

Clave: 702 · Registro digital (IUS): 912267 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo III, Administrativa, P.R. TCC; Pág. 624

Las determinaciones de la asamblea general de ejidatarios de desconocer a los integrantes del comisariado ejidal del poblado y de nombrar a los nuevos miembros del mismo, deben ser aprobadas por el jefe del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, hoy secretario de la Reforma Agraria, previo dictamen de la Dirección General de Autoridades Ejidales y Comunales, según se desprende del texto de los artículos 10, fracción XI, de la Ley Federal de Reforma Agraria, 6o., fracciones IX y X, 83 y 88, fracción IV, del Reglamento Interior del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización. En consecuencia, es claro que los actos reclamados consistentes en el dictamen de la Dirección General de Autoridades Ejidales y Comunales en el expediente administrativo formado al efecto, emitido en el sentido de que debía convocarse a asamblea general de ejidatarios a fin de que tratara lo concerniente a la reorganización del comisariado ejidal, que los delegados agrarios estatales también pueden hacer conforme a los artículos 41, fracciones II y VII, y 42 de la nueva Ley Agraria, así como las convocatorias mismas, no constituyen actos definitivos para los efectos del amparo, el cual sólo sería procedente contra la resolución que, en su caso, llegara a dictar la autoridad competente aprobando la remoción de los citados miembros del comisariado ejidal de sus cargos de autoridades internas del ejido. En consecuencia, el juicio es improcedente y procede sobreseer en el mismo.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/912267-52ae4ddd/comisariados-ejidales-desconocimiento-de-los-por-la-asamblea · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 81/88.-Lorenzo González Cuatectal y otros.-26 de mayo de 1988.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Galván Rojas.-Secretario: Jorge Núñez Rivera. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIV, julio de 1994, página 493, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.2o.39 A.

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