PEQUEÑA PROPIEDAD, AMPARO PROCEDENTE EN RELACION CON LA.
No tiene aplicación la fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal, que proscribe el juicio de amparo para los propietarios afectados, cuando no se reclama la resolución presidencial dotatoria de ejidos a un poblado, en la que se afecta una pequeña propiedad, sino exclusivamente la determinación del Departamento Agrario, que se niega a cumplimentar una resolución presidencial, dictada por conducto de la Oficina de la Pequeña Propiedad, que reconozca la inafectabilidad de dicha pequeña propiedad, lo que es enteramente distinto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324431-641155f4/pequena-propiedad-amparo-procedente-en-relacion-con-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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