PEQUEÑA PROPIEDAD, AMPARO PROCEDENTE EN RELACION CON LA.
No tiene aplicación la fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal, que proscribe el juicio de amparo contra la dotación y restitución de ejidos, cuando no se reclama una resolución presidencial dotatoria de ejidos a un poblado, en la se afecten pequeñas propiedades, sino exclusivamente un acuerdo del secretario de agricultura y fomento para que se compense a los a los pequeños propietarios afectados, con el valor de sus terrenos, haciendo punto omiso de que la declaración de inafectabilidad hecha por el presidente de la República había quedado firme.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/324434-724d5fef/pequena-propiedad-amparo-procedente-en-relacion-con-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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