EJIDOS, AMPARO EN CASO DE.
Si en los autos no existe comprobación alguna de que la autoridad responsable ejecutó indebidamente una resolución presidencial de ampliación de ejidos, y ésta no es combatida en el amparo, es indudable que los actos de ejecución de la misma, no pueden ser considerados como violatorios de garantías, y debe negarse la protección federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325353-cea827bf/ejidos-amparo-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 8532/42. Peón Aznar Ana y coags. 2 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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