POSESION.
La posesión debe respetarse siempre que se prueben los dos requisitos esenciales que a toda posesión jurídica deben caracterizar: primero, la tenencia material de la cosa, y segundo, el ánimo de poseerla dentro de alguna figura jurídica que reconozca el derecho, como una de las fuentes legales para poseer debidamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325378-05a265d3/posesion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9090/42. Cornejo J. Carmen y coags. 8 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- POSESION. (s/clave)
- POSESION. (s/clave)
- POSESION (LEGISLACION DE PUEBLA). (s/clave)
- POSESION (s/clave)
- POSESION. (s/clave)
- POSESION. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis