EJIDOS, PROCEDENCIA DE LA DEMANDA TRATANDOSE DE.
La demanda de amparo es improcedente contra la resolución presidencial que dote de ejidos a un poblado, en cuanto afecte las pequeñas propiedades de los quejosos, y contra los actos de ejecución de esa resolución, conforme a lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 27 de la Constitución Federal; pero no encontrándose claramente comprendido en esa disposición el acuerdo presidencial, respectivo en cuanto ordenó que todas las resoluciones presidenciales ya dictadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación, se cumplimentarán en la forma prevista en el Código Agrario, es claro que contra ese acto no es manifiesta o indudable la improcedencia de la demanda, y en lo que se refiere a este capítulo debe admitirse y tramitarse, sin perjuicio de las causas de improcedencia que en el curso del juicio pudieran aparecer.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/325529-5afda83e/ejidos-procedencia-de-la-demanda-tratandose-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EJIDOS, PROCEDENCIA DE LA DEMANDA DE AMPARO EN MATERIA DE. (s/clave)
- EJIDOS, AMPARO PROCEDENTE EN CASO DE. (s/clave)
- EJIDOS, PROCEDENCIA DEL AMPARO TRATANDOSE DE. (s/clave)
- EJIDOS, PROCEDENCIA DEL AMPARO TRATANDOSE DE. (s/clave)
- EJIDATARIOS, EN CASOS QUE NO DEBE DESECHARSE LA DEMANDA DE AMPARO CONTRA LA AFECTACION DE TIERRAS DE LOS. (s/clave)
- EJIDOS, PROCEDENCIA DEL AMPARO TRATANDOSE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis