Corpus
Modo: Corpus Pro

EJIDOS, SOLICITUD DE INAFECTABILIDAD EN MATERIA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 326307 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5349

El Código Agrario no fija de manera expresa, el momento ni el término en el cual el propietario de una finca afectable deba presentar su solicitud de inafectabilidad, existiendo tal derecho en favor de los afectados y debiendo resolverse previamente a la dotación de ejidos, siempre que hayan presentado la solicitud ante la Comisión Agraria Mixta antes de que se efectúe la dotación; pues el artículo 59 del ordenamiento citado, fija a las Comisiones Agrarias Mixtas, el término de treinta días para que emitan dictamen y una vez hecho, enviarán el expediente al Departamento Agrario, el cual dentro de otros treinta días, propondrá al presidente de la República que haga la declaratoria de inafectabilidad de la superficie escogida.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326307-ef4801b0/ejidos-solicitud-de-inafectabilidad-en-materia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 640/42. Rivas Varela Carlos. 31 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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