MULTAS POR INFRACCIONES AL CODIGO SANITARIO (ARTICULO 275).
Para que prospere el amparo que contra de la autoridad que confirme una multa, es necesario que se hagan valer violaciones de garantías por esa autoridad, bien por no haber admitido el recurso interpuesto, por no haber aceptado pruebas ofrecidas en tiempo, por no haber notificado debidamente la resolución recaída a la instancia de reconsideración, o por algún otro motivo análogo; pero no tratar de convertir en materia de juicio constitucional, lo que es materia del recurso administrativo, a saber, lo ilegal e infundado de una multa, porque en tales condiciones, no es posible dictar sentencia estimatoria de la acción del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326571-eded7930/multas-por-infracciones-al-codigo-sanitario-articulo-275 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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