CONDONACION DE MULTAS.
Del estudio de los apartados del artículo 160 del Código Fiscal, se desprende que no hay razón para considerar que el legislador pretendió que las resoluciones denegatorias de condonación, no se sujetaran al conocimiento del Tribunal Fiscal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326676-8abfd9b4/condonacion-de-multas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5419/40. Gavidia Bustos Adolfo. 27 de abril de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett B. no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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