LIBROS DE CONTABILIDAD, MULTAS POR NO ENCONTRARSE LOS, EN LOS DOMICILIOS SOCIALES.
El artículo 65 de la Ley General del Timbre establece: "Los libros deberán estar siempre disponibles en el almacén, tienda o despacho del causante, salvo que se encuentren en poder de alguna autoridad judicial o fiscal. Si el causante prefiere, además, tener sus libros, provisionalmente en el despacho de la persona encargada de llevar su contabilidad, dentro de una misma población, podrá hacerlo, previo aviso a la Oficina Federal de Hacienda de su jurisdicción, indicando el domicilio de ésta, para los efectos de la inspección fiscal, en caso necesario". Ahora bien, no es correcta la multa que se imponga a una compañía, porque no se encuentren en su domicilio social los libros de contabilidad, ya que, de acuerdo con el precepto transcrito, dichos libros pueden encontrarse en todos los lugares que la propia ley consigna, a fin de que se practiquen las inspecciones fiscales, esto es pueden encontrarse en el almacén, tienda u oficina del causante, sin que sea obligatorio que se encuentren precisamente en su despacho, facultándolo, además, para que se encuentren provisionalmente en la oficina o despecho de la persona encargada de llevar la contabilidad. Por otra parte, a la autoridad corresponde comprobar que los libros no se encontraban en algún lugar de los permitidos por la ley, pues una sanción sólo puede ser legal cuando se ha acreditado la infracción que la motive, no correspondiendo a la persona a quien se impone la sanción, demostrar que no ha cometido la infracción. En tales condiciones, la multa impuesta así, es violatoria de garantías, ya que para que fuera legal debió haberse acreditado que aquella negociación no tenía disponibles su libros en el momento de levantarse la infracción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/326883-d18b42e9/libros-de-contabilidad-multas-por-no-encontrarse-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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