FACULTADES DISCRECIONALES DE LAS AUTORIDADES.
Cuando el legislador concede a una autoridad la facultad de decidir a su juicio, los asuntos de su resorte, se refiere al uso racional, de la facultad de resolver en conciencia, esto es, sin sujeción a determinadas reglas legales; pero sin apartarse de las reglas más elementales de la lógica, porque de lo contrario, llegaría a apreciaciones y conclusiones absurdas, lo que seguramente no fue la intención del legislador.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327154-9ea319ad/facultades-discrecionales-de-las-autoridades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 7373/41. Suárez Coronado Luis. 18 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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