FACULTADES DISCRECIONALES DE LAS AUTORIDADES.
Los principios fundamentales que ha llegado a precisar la doctrina como normas del ejercicio de la facultad discrecional, son éstos: no deben falsearse los hechos, sino que deben apreciarse de acuerdo con su naturaleza; no debe omitirse el estudio de las pruebas allegadas al expediente, ni deben suponerse hechos o pruebas inexistentes. Ahora bien, si la autoridad correspondiente se aparta de estos postulados, al decidir un asunto, no juzga según su conciencia y su prudente arbitrio, sino según su voluntad y su capricho, lo que es ilegal y antijurídico.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327156-d17b9f6d/facultades-discrecionales-de-las-autoridades · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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