AMPARO ADMINISTRATIVO.
El amparo en materia administrativa es de estricto derecho y no debe suplirse la deficiencia de la queja.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327345-49971a92/amparo-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9833/41. Nuñez Adolfo. 17 de marzo de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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