AMPARO ADMINISTRATIVO.
Como el amparo administrativo es de estricto derecho, sólo procede estudiar los conceptos de violación, tal como son expresados, sin suplir la deficiencia de la queja.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/332662-c4be63b1/amparo-administrativo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2569/37. Balderas Got Guadalupe. 4 de agosto de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Truchuelo y Alonso Aznar Mendoza. Relator: Jesús Garza Cabello.
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