POSESION, CUANDO NO SE TIENE LA.
Vivir en alguna casa sin vínculo alguno jurídico, equivale a no tener la posesión de la misma, con ánimo de dueño, que es la que ampara la ley, como en el caso en que se demuestre que una persona es hijo de otra, lo que explica el por qué el hijo haya vivido o viva en la casa de su padre.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/327541-3cf58880/posesion-cuando-no-se-tiene-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 1151/40. Pérez Ortiz José María. 9 de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Francisco Ramírez no intervino en este asunto, por las razones que constan en el acta respectiva. Relator: Franco Carreño.
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