Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

HERENCIAS Y LEGADOS (LEGISLACION DE SINALOA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 328280 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2412

El artículo 33 de la Ley de Herencias y Legados del Estado de Sinaloa, dice: "Si no hubiere acuerdo entre la Tesorería del Estado y el representante federal, se someterá el caso a la Segunda Convención Nacional Fiscal, o en sus recesos, a la Comisión Permanente". De este precepto no debe deducirse que el legislador haya pretendido dotar de autoridad a la Segunda Comisión Nacional Fiscal o a su Comisión Permanente; pues no dice que las decisiones de estos organismos tendrán la fuerza de una resolución obligatoria; no sería factible que lo dijera así porque pugnaría con la Constitución de dicho Estado, ya que es una regla de interpretación, que los preceptos de las leyes secundarias deben entenderse en términos que no pugnen con la Constitución de donde emanen, salvo que su redacción sea de tal manera explícita, que no admita la labor del intérprete.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328280-a2783d96/herencias-y-legados-legislacion-de-sinaloa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 1991/41. Ponzo Bartolo. 14 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis