ALCOHOLES, LAS FABRICAS DE, QUEDAN AFECTAS A SUS ADEUDOS FISCALES, AUNQUE CAMBIEN DE DUEÑO.
El hecho de que el comprador de una fábrica de tequila con adeudos fiscales, la haya obtenido en remate público, no implica que, como bien rematado, por disposición de la ley, pase libre de todo gravamen al adquirente, porque el artículo 5o. de la ley de alcoholes de 1927, determinaba que las fabricas quedan afectas preferentemente al pago del impuesto, por los productos elaborados en ellas, aun cuando fueren de terceras personas o pasaren a propiedad o posesión de otra que no fuera el causante; y la ley de alcoholes vigente que abrogó aquella, conserva una disposición similar en su artículo 35, que también establece tal preferencia en favor del fisco. Por tanto, el nuevo adquirente queda afectado con dichos adeudos, independientemente de la forma de adquisición de la fabricó.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/328310-44340fc6/alcoholes-las-fabricas-de-quedan-afectas-a-sus · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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