CONSTRUCCIONES, REQUISITOS DE LAS.
Si no se solicitó previamente la licencia a que se refieren los artículos 4o. y 38 del reglamento de construcciones de la Ciudad de México, para levantar bardas y cercados al efectuar una construcción, debe estimarse que las autoridades respectivas estuvieron facultades, de acuerdo con los artículos 27 y 35 del propio reglamento, para mandar derribarlos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329055-7a0617ab/construcciones-requisitos-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1908/40. Nuñez Rochet Carmen y coagraviados. 30 de agosto de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. relator: José María Truchuelo.
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