LEY FORESTAL, INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE LA.
El requisito establecido en el artículo 96 del reglamento de la ley forestal, consistente en que las zonas protectoras forestales, no podrá llevarse a cabo el apeo de árbol alguno, que no esté previamente marcado por el martillo oficial del servicio forestal, cualesquiera que sea la entidad propietaria del bosque, debe cumplirse en todo caso, para no incurrir en la sanción prevista en el artículo 51 del propio reglamento, y no basta para sostener lo contrario, la circunstancia de que antes de proceder el interesado al derribo de los árboles, haya solicitado con anticipación que se les marcara, ni la de que tenía autoridad para cortarlos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329102-d0c3d1bf/ley-forestal-infracciones-al-reglamento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- LEY FORESTAL. DELITOS PREVISTOS EN LA. (s/clave)
- LEY FORESTAL, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA APLICACION DE LA. (s/clave)
- LEY FORESTAL, MULTAS POR INFRACCIONES A LA. (s/clave)
- BOSQUES, EXPLOTACION DE LOS. (s/clave)
- LEY FORESTAL, SANCIONES POR INFRACCIONES A LA. (s/clave)
- BOSQUES. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis