CABARETS, SUSPENSION CONTRA LA ORDEN DE CLAUSURA DE LOS.
Debe concederse la suspensión que se solicite contra la orden de clausura de un cabaret, aunque las autoridades responsables afirmen que el mismo no reúne el requisito de distancia fijado por el reglamento respectivo, por encontrarse cerca de una escuela, si el quejoso demuestra que para el funcionamiento del cabaret de referencia, se otorgó la licencia correspondiente, pues si bien existe un motivo de interés general para que a determinada distancia de los establecimientos educativos, no existan cabarets, las autoridades, al expedir la licencia respectiva, estuvieron en la obligación de haber estudiado tal cuestión, por lo que debe permanecer esa situación, hasta que se resuelva el fondo del asunto, para evitar los perjuicios de difícil reparación que al quejoso ocasionaría el cierre del negocio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/329271-9848a231/cabarets-suspension-contra-la-orden-de-clausura-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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